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Información en materia organizativa

Normativa aplicable

(Última actualización realizada el 10/10/2022)

• En relación a las operaciones de la empresa, la legislación y normativa relevante sobre materia comercial.

• En relación a las actividades subvencionadas, la legislación y normativa siguiente:

- Decreto-Ley 2/2021, de 1 de marzo, Línea 2, por el que se regula la concesión directa de subvenciones dirigidas al mantenimiento de la actividad de personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas, de los sectores más afectados por la crisis derivada de la COVID-19.

- Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

- Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.

- Decreto Ley 6/2021, de 4 de junio, por el que se regula, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, la concesión de la “Línea Covid de ayudas directas a personas autónomas y empresas” prevista en el Título I del Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, financiada por el Gobierno de España.

Con carácter general, la siguiente normativa mercantil/contable:

Ley de Sociedades de Capital, cuyo Texto Refundido se aprobó por Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, el Código de Comercio y disposiciones complementarias y la restante legislación mercantil.

Real Decreto 1/2021, de 12 de enero, por el que se modifica el Plan General de Contabilidad aprobado por el Real decreto 1514/2007, de 16 de noviembre.

El resto de la normativa contable española que resulte de aplicación.

Objeto social

(Última actualización realizada el 10/10/2022)

La Sociedad tiene por objeto:

- Compra-venta de productos relacionados con la cosmética, perfumería, tejidos de cualquier clase; prendas confeccionadas de señora, caballero o niños; piel, peletería, calzado o marroquinería; cristal, vidrio, porcelana, plástico, loza y similares; artículos de regalo y bazar; y relojes y artículos de joyería o bisutería; objetos de joyería, electrónica, decoración, adorno y regalo.

- El comercio, importador-exportador, almacenamiento, distribución y venta al mayor detalle y la representación de toda clase de personas físicas o jurídicas comerciales, que le otorguen su confianza, para la introducción, comercialización y venta, en exclusiva o en colaboración con otros comercios, todo ello con referencia a toda clase de mercancías, productos y mercaderías relacionados con los siguientes ramos: la venta en mercados, supermercados, carnicerías, pescaderías, ultramarinos, tiendas de alimentación y similares, cementos, maderas, áridos, prefabricados, loza sanitaria, bloques, vigas, herrajes, ladrillos, cerrajería, pinturas, cerámicas, objetos de decoración y cualquier otro destinado a la construcción; tejidos de cualquier clase; prendas confeccionadas de señora, caballero o niños; piel, peletería, calzado o marroquinería; cristal, vidrio, porcelana, plástico, loza y similares; artículos de regalo y bazar; y relojes y artículos de joyería o bisutería; objetos de joyería, relojería, perfumería, decoración, adorno y regalo.

- La importación y exportación de mercancías por cuenta propia o ajena, así como el asesoramiento en materia de comercio exterior.

- Hostelería y restauración. La explotación de todo tipo de establecimientos de hostelería, hostales, pensiones, hoteles, apartahoteles, apartamentos, bungaloes, bien sea propios o en régimen de alquiler, así como la inversión en inmuebles propios para los negocios citados anteriormente.

- La promoción, ordenación, urbanización y parcelación de terrenos propios o ajenos y la ejecución sobre los mismos, de obras, construcciones, instalaciones o servicios.

- La adquisición, administración, explotación, arrendamiento o enajenación por cualquier título de fincas.

- El desarrollo y realización de actividades de tipo turístico, con la excepción de aquellas actividades sujetas a legislación especial.

- La realización de todas aquellas actividades que estén directamente relacionadas con el objeto de la sociedad, y por tanto, la ejecución de cuanto sea su presupuesto, consecuencia o complemento.

Organigrama

(Última actualización realizada el 10/10/2022)

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